miércoles, 23 de diciembre de 2009
Publicado por adminsevilla1 @ 19:24
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Directorio de empresas y profesionales. Construcción, obras y reformas. Alta de empresas.
 

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Grupo Activa. Delegación Andalucía


viernes, 04 de diciembre de 2009
Publicado por adminsevilla1 @ 14:31  | Noticias
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Sevilla. Empresas Constructoras.  


Sevilla. En Activa Constructora somos especialistas en la construcción de casas.
Somos conscientes de las dificultades que se le presenta a cualquier persona que desea acometer la ejecución de un proyecto de construcción, en viviendas unifamiliares.

Construcción de casas: Arquitecto
Para poder empezar la construcción de su casa, debe contratar un arquitecto ya que es necesario que el proyecto sea elaborado por un arquitecto para conseguir la licencia de obras siempre exponiendo sus ideas y necesidades para la construcción y entender los problemas que puedan surgir durante la obra.

Construcción de casas: Contratista de obras
Para realizar la construcción también debe encontrar a un contratista para que realice la obra según los planos de la casa, pliegos de condiciones y presupuestos, el contratista debe informarle de todos los riesgos que aparezcan a la hora de construir la casa.

Construcción de casas: Precio - Presupuesto 
En el precio de la obra se debe incluir: las herramientas y las maquinas para la construcción, los materiales necesarios ya que si son para un particular son mas caros. Debe consultar el presupuesto y quedarse con el que mas le convenga, antes de comenzar a construir a parte de buscar al arquitecto y al contratista también tendrá que buscar a fontaneros, albañiles, electricistas, etc. aunque normalmente el contratista es el que busca a todas las personas adecuadas para cada una de las obras e instalaciones que se tendrán que llevar a cabo.

Construcción de casas: Pasos a seguir
Para comenzar la construcción de una casa primero se deberá arreglar el terreno y hacer una revisión del suelo con la ayuda de la máquina adecuada. Deberá excavar y sacar toda la tierra para así poder comenzar con la cimentación. Los cimientos es una parte muy importante para la construcción de la casa, deben de estar bien colocados y el peso bien distribuido porque sino la casa podría derrumbarse o quedar torcida. Las paredes de los cimientos deben de contener alguna sustancia para así impedir el paso de humedades a la casa. Una vez colocado el hormigón se deberá comenzar a colocar la estructura de la casa que normalmente suele ser de acero y una vez terminada ya se podrá comenzar a construir las paredes de la casa. A la hora de construir se tendrá que tener en cuenta los lugares exactos donde se colocarán las diferentes puertas y ventanas.

Una vez los albañiles hayan levantado las paredes, los electricistas, carpinteros, fontaneros, etc. deberán encargarse de hacer cada uno las instalaciones adecuadas que les pertenezcan.

El techo es una parte importante de la casa ya que éste tendrá que soportar los cambios climáticos que puedan aparecer así que deberá colocarse en perfectas condiciones y deberá ser un techo adecuado depende del lugar donde vaya a construir la casa.




www.constructorasevilla.com

Activa Constructora. C/Ronda, 35 41770 Montellano - Sevilla
Tels. 95 583 10 50 - 95 583 11 22


lunes, 23 de noviembre de 2009
Publicado por adminsevilla1 @ 20:45
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Construcción de casas en Sevilla

Sevilla. En Activa Constructora somos especialistas en la construcción de casas.  

Somos conscientes de las dificultades que se le presenta a cualquier persona que desea acometer la ejecución de un proyecto de construcción, en viviendas unifamiliares.

Por un lado la adquisición del suelo, la obtención de la cédula urbanística, certificación registral y la normativa de construcción.

Por otro lado, la búsqueda de un arquitecto que realice el proyecto y un aparejador que supervise la dirección técnica.

A continuación, decidir sobre que constructora debe fabricar la vivienda y con que garantías debe contar, la empresa encargada de la ejecución.

 

Para dar respuesta a todo ello Activa Constructora, le ofrece el Sistema LLAVE EN MANO, sin coste adicional alguno. Usted sólo paga los honorarios previstos y oficiales de los profesionales que intervienen en todo el proyecto de ejecución, los costes que le hemos ofertado nosotros para la construcción y las tasas del ayuntamiento correspondiente para obtener la Licencia de Construcción.

 

Si lo necesita, nosotros le asesoramos, facilitándole arquitecto y aparejador, y le acompañaremos hasta la obtención del certificado final de obra y la cédula de habitabilidad.

 

Activa Constructora

C/ Ronda35, 41770 Montellano Sevilla

Tels. 95 583 10 50 - 659 083 141
www.contructorasevilla.com


viernes, 20 de noviembre de 2009
Publicado por adminsevilla1 @ 19:56  | Noticias
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Sevilla. Activa Constructora.  Construimos su casa con una clara vocación en personalizar cada vivienda a cada cliente, en singularizar, cada casa, cada proyecto; Siempre trabajando para cliente directo, ajustando con gran eficacia los costes de la misma.




Construimos su casa desde 600 €/m2

 

Qué le ofrecemos?

Presupuesto abreviado inicial. Herramienta de respuesta rápida que da una idea clara del precio de su construcción.

Presupuesto detallado. Con un estado de mediciones sin sorpresas, y precios unitarios de cada partida.

Planning. De forma gráfica verá los procesos de la obra y fecha de término, y nuestro compromiso de cumplir con los plazos.

Certificaciones mensuales. Con vencimiento al mes siguiente.  Nunca pagará nada por adelantado.

Gestión de los cambios. En el caso de que existan variaciones de calidad o cantidad, se controlarán cada mes, y garantiza la información del coste de su obra en tiempo real.

’Check list’ final de la obra. Último repaso de los detalles para conseguir la calidad que usted desea.

Cumplimiento de las normas de seguridad. Gestión de toda la documentación necesaria.

 

Activa Constructora

C/ Ronda35, 41770 Montellano Sevilla  Tels. 95 583 10 50 - 659 083 141

Más información >>


martes, 27 de octubre de 2009
Publicado por adminsevilla1 @ 13:38
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Isla Canela. Residencial Costa Canela
 
Tipo de Adosados, en venta o alquiler con derecho a compra:

Casas en venta. Isla Canela. Huelva.


Activa Inmobiliaria le ofrece 65 Amplios Adosados desde 240.000 euros, ubicados al lado del Campo de Golf de Isla Canela ( Ayamonte), en Primera Línea de Playa, frente al Río Guadiana, con orientación y vistas al Puerto Marítimo de San Antonio ( Portugal), a 5 minutos del centro de Ayamonte.


•         2 ó 3 Dormitorios : 164,19 m²

•         3 ó 4 Dormitorios: 193,16 m²

•         4 ó 5  Dormitorios: 221,18 m²

Isla Canela es un complejo turístico, cerca de Ayamonte dotado de apartamentos, hoteles y lugares donde alojarse, donde puede disfrutar de unas fantásticas playas, y de diversas actividades deportivas para practicar al aire libre.

Isla Canela
ofrece una bonita playa de arena dorada, dos magníficos campos de golf y un tercero que viene en camino, además de una exquisita gastronomía, también le ofrece deportes como kitesurf y windsurf... y todavía más.

 

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Activa Inmobiliaria

C/ Ronda 35, 41770 Montellano Sevilla

Tel. 95 583 10 50 – 95 583 11 22

www.costacanela.jimdo.com


miércoles, 30 de septiembre de 2009


Montellano Sevilla

Tu casa por seis euros al mes...

En Activa Inmobiliaria te ofrecemos viviendas en alquiler con opción a compra por solo SEIS EUROS AL MES.

 Con solo un depósito de 6000€, podrás acceder al alquiler con opción a compra, la renta del primer año será de solo ¡Seis euros al mes! y de 250€/mes los restantes.

 Además si tienes entre 22 y 30 años y una renta inferior a 22.000€ brutos anuales, podrás solicitar una subvención de 210€ al mes, 600€ de prestamo para la fianza y 120€ para los gastos del aval.

Activa Promotora inmobiliaria: Decenas de promociones, realizadas con un equipo de excelentes profesionales, nos dan la experiencia necesaria para emprender proyectos en los que solo una empresa altamente cualificada tiene posibilidades de alcanzar el éxito de forma asegurada.


LLamada gratuita

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Más información:

http://montellano.jimdo.com/


martes, 11 de agosto de 2009
viernes, 26 de junio de 2009
jueves, 18 de junio de 2009

 



¿Qué condiciones hay que cumplir?

  • Tener entre 22 y 30 años (la prestación se interrumpe a los 30 años).
  • El tramo con mayores dificultades de emancipación está entre los 22 y los 30 años.
  • Disponer de una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros
    brutos anuales. Esto incluye a los trabajadores por cuenta propia(1) o ajena, a los becarios de investigación, y a los perceptores de prestación de desempleo o de una pensión por incapacidad
  • Si tus ingresos mensuales, aproximadamente, no superan los 1.500 euros netos, podrás acogerte a la ayuda. 8 de cada 10 jóvenes empleados están en esta situación.
  • Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.
  • Si has estado trabajando durante los últimos 6 meses lo comprobaremos directamente con la seguridad social, o si en los próximos 6 vas a estar trabajando y recibiendo ingresos de forma regular, debes aportar copia del contrato.
  • Ser titular del contrato de alquiler. El contrato de alquiler de tu piso debe estar a tu nombre, o al menos debe ser uno de los firmantes.
  • Los extranjeros no comunitarios deben contar con la residencia legal permanente en España. Si es tu caso, debes tener la autorización de residencia permanente, que te conceden cuando acreditas haber residido legalmente y de forma continuada en territorio español durante cinco años.
   

¿Cuáles son las características de la prestación?

  • La duración es de 4 años, sean o no consecutivos. Esto quiere decir que puedes fraccionar la duración de la prestación. Por ejemplo, si a los tres años dejas de recibir la renta de emancipación, cuando vuelvas a necesitarla y si aún cumples los requisitos, puedes volver a solicitar la prestación por el año restante.
  • Sólo habrá una prestación por vivienda habitual alquilada. Se beneficiarán también los que ya estén de alquiler.
  • En caso de que haya más de un firmante del contrato de alquiler, las cuantías de las ayudas a cada uno de los que tengan derecho a las mismas, serán el resultado de dividir las cantidades de la ayuda por el número total de titulares. Por ejemplo, si compartes piso con una amiga, el contrato está a nombre de las dos, y reunís todos los requisitos, os corresponderían 105 euros mensuales a cada una.
  • El receptor no puede ser propietario de una vivienda.
  • El préstamo y el coste del aval sólo podrán ser percibidos una única vez. Se concederán sólo para contratos de alquiler nuevos.
  • El pago de la prestación de 210 euros se realizará cada mes, tras comprobar que el inquilino ha realizado la transferencia de la renta mensual al propietario.
  • No se aceptarán contratos de alquiler entre familiares próximos (primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad).
  • Si se modificara alguna de esas circunstancias, el beneficiario habrá de comunicarlo de inmediato al Órgano que le reconoció el derecho a la ayuda, para que resuelva lo que proceda y lo comunique al Ministerio de Vivienda.
    *El receptor no puede tener un patrimonio mayor de 108.182,18 euros
   

¿Cuándo entra en vigor?

  • La prestación entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2008, por tanto se podrá presentar la solicitud desde esa fecha. Infórmate en el departamento de vivienda de tu Comunidad Autónoma.
  • La renta de emancipación será percibida por meses completos, y tendrás derecho a recibirla desde el mes siguiente al de su solicitud. Por ejemplo, si presentas tu solicitud en enero y hasta marzo no te la aprueba tu
    Comunidad Autónoma, tendrás derecho a recibir la ayuda correspondiente del mes de febrero en adelante
   

¿Cuáles son los pasos necesarios para obtener la prestación?

  • Hay que presentar la solicitud ante el departamento competente en materia de vivienda de la Comunidad o Ciudad Autónoma donde esté situado el piso de
    alquiler.
  • La administración autonómica comprobará que se cumplen todos los requisitos para percibir la renta de emancipación y lo comunicará en el plazo máximo de
    dos meses.
  • La administración autonómica comunicará al Ministerio de Vivienda el reconocimiento del derecho a percibir la renta de emancipación. Tras comprobar que el solicitante ha realizado la transferencia del pago del alquiler mensual al propietario, el Ministerio de Vivienda ingresará en la cuenta bancaria del solicitante el importe de la prestación.
  • Si el solicitante aún no tiene contrato de alquiler, podrá solicitar el reconocimiento provisional del derecho a la renta. En este caso, tendrá tres meses desde el reconocimiento del derecho para buscar casa y presentar una nueva solicitud aportando el contrato de alquiler. La Comunidad autónoma comprobará los datos y comunicará el reconocimiento definitivo del derecho a la renta. Inmediatamente, el Ministerio ingresará la ayuda en la cuenta bancaria del solicitante, desde el mes en que se presente el contrato de alquiler.
   

¿Qué documentación hay que presentar para obtener la prestación?

  • Basta con presentar el impreso de solicitud en el que figuran los datos personales necesarios para comprobar que se cumplen todos los requisitos como, la edad, el número de la Seguridad Social, la referencia catastral de la vivienda, el número de cuenta, etc. y una copia del contrato de alquiler.
  • En algún caso deberá presentar otra documentación que demuestre que cumples algún requisito exigido. Infórmate en tu Comunidad Autónoma VIVIENDA JOVEN
   

¿Es compatible esta prestación con otras ayudas?

  • La renta de emancipación es compatible con la deducción fiscal a favor del inquilino, actualmente en tramitación en las Cortes.
  • A partir de la declaración de la renta de 2008 (que se presenta en 2009) se podrá deducir el 10,05% de lo que pague por el alquiler de su vivienda, hasta un máximo determinado, siempre que se tengan unos ingresos anuales por debajo de los 24.000 euros netos.
  • También será compatible con las ayudas, subvenciones o beneficios fiscales que establezcan las Comunidades Autónomas en virtud de sus competencias. La renta de emancipación no es compatible con las ayudas al inquilino vigentes del Plan Estatal de Vivienda.
   

DEDUCCIÓN FISCAL

¿En qué consiste?

  • Actualmente, se está tramitando en las Cortes la deducción fiscal del 10,05% en el tramo estatal del IRFP, de lo que pague un inquilino por el alquiler de su vivienda habitual, hasta un máximo determinado, siempre que tenga unos ingresos anuales inferiores a 24.000 euros netos (alrededor de 28.000 euros brutos al año).
   

¿Cuándo entra en vigor?

La deducción entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2008. Es decir, en la declaración de la renta de 2008 (que se presenta en 2009) ya se puede deducir el importe del alquiler pagado.
   



INFORMACIÓN PARA PROPIETARIOS

 

¿Sabe que ahora el alquiler de su vivienda tiene una reducción de impuestos que puede llegar al 100%?

  • Gracias a la nueva Ley del IRPF, cuando haga su próxima declaración de la
    renta usted no pagará impuestos por los ingresos que reciba del alquiler, si el
    inquilino es menor de 35 años.
  • Si el inquilino es mayor, usted tendrá una reducción del 50 por ciento de los impuestos (Artículo 23.2 1º de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre)
   

¿Sabe que ahora alquilar a los jóvenes tiene más garantías?

  • A partir del 1 de enero de 2008, el Estado ayuda a los inquilinos de entre 22 y 30 años con una renta mensual, un préstamo de 600 euros para la fianza y el coste del aval de hasta seis mensualidades. Así, el propietario tiene más garantías al alquilar su vivienda.
   

¿Sabe que ahora habrá más medios judiciales para agilizar los desahucios?

  • De forma inmediata se crean diez nuevos juzgados dedicados específicamente
    a agilizar los procesos de desahucio, que se ubicarán en las capitales con
    mayor saturación de expedientes.
   

¿Sabe que puede obtener una subvención de 6.000 euros si pone su vivienda vacía en alquiler?

  • El Plan Estatal de vivienda ofrece ayudas si decide poner su vivienda en alquiler por un mínimo de cinco años. La vivienda debe ser libre, desocupada y desligada de cualquier actividad económica o profesional del propietario.
  • Ahora alquilar su vivienda tiene más garantías y más ventajas.


viernes, 12 de junio de 2009
Publicado por adminsevilla1 @ 12:15
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Montellano casas de obra nueva.


 

La promoción en el sector inmobiliario ha experimentado un nuevo enfoque en el proceso de compra de viviendas. En ACTIVA INMOBILIARIA, conscientes de estos cambios, hemos sabido adaptarnos a las nuevas necesidades para ofrecer un trato personalizado y unas condiciones adaptadas a cada cliente a la hora de adquirir una vivienda de obra nueva.

Con el soporte del mejor y el más cualificado equipo humano, ofrecemos un asesoramiento profesional para que la compra de una vivienda sea más transparente y más sencilla.
Nuestro compromiso tiene como base responder a la confianza depositada por nuestros clientes con el objetivo de asegurarnos de que estén satisfechos.


 

Ubicación
Fachada y terrazas

EDIFICIO RONDA:

Ultimas viviendas. Excelente calidad de acabados.

Viviendas en el corazón de Montellano,
con amplias terrazas de más de 60m2.

 

Entrega inmediata. Directo del promotor.

- Bañera de hidromasaje
- Antena parabólica (opcional)
- Video portero
- Aire acondicionado, cocinas equipadas (opcional)
- Barbacoa, pergola de madera natural. (opcional)
- Acabados de diseño.

- Ideal inversores.
- En el centro de Montellano

A partir de 114.000 €
A partir de 2 habitaciones
A partir de 80 m²

Edificio Ronda

 


Alquiler con opción a compra


El actual parón inmobiliario ha provocado que muchas promotoras e inmobiliarias cuenten en su cartera con una gran cantidad de inmuebles, algunos ya están acabados y otros se encuentran en fase de construcción, el problema ahora es venderlos. Una buena posibilidad para darle salida a los inmuebles es ofrecer un alquiler con opción de compra.

nuevas fórmulas inmobiliarias, es necesario atraer la atención de los posibles compradores y el alquiler con opción de compra es una de ellas.



Esta fórmula estaba en desuso anteriormente, pero se perfila como la opción más recomendada y quizá la más ventajosa para los futuros propietarios. El alquiler está en auge y parece que es la opción más recomendable gracias a que finalmente tienes la posibilidad de adquirir la vivienda, total vas a tener que pagar igualmente un alquiler.

Algunas promotoras ya han empezado a aplicar esta medida que garantiza un poco más el uso de los inmuebles sin tener que dejarlos aparcados, la opción de compra aparece al cabo de los tres años y se puede llegar a deducir entre el 50% y el 100% de lo abonado durante el plazo de alquiler. Este tiempo puede servir para ver cómo evoluciona la situación y terminar embarcándote en la compra de una vivienda.A pesar de todo hay que estudiar las nuevas ofertas que ofrecen las promotoras, algunas ofrecen a los posibles propietarios pagar un alquiler de 600 u 800 euros al mes y al cabo de dos años, en la opción de compra contabilizar, como reducción del precio del inmueble, la mitad de lo que se ha pagado en el arrendamiento
.

 


Posiblemente esta reducción sea ahora insuficiente y el tanto por ciento llegue a elevarse significativamente en los próximos meses llegando hasta el 60 u 80% de amortización, con lo que sí sería una oferta atractiva. De todos modos, recordemos que en un alquiler todo lo que se paga se pierde, con lo que lo ofrecido actualmente ya resulta interesante..Esta modalidad de alquiler parece ser más secundada en las provincias españolas donde el parque de viviendas es más estático, aunque no será extraño que termine generalizándose en un corto plazo de tiempo y más sabiendo que son varias las promotoras que se lo están planteando. Como ya indicábamos en el post
Es una oferta atractiva para los jóvenes y los nuevos modelos de familia en general, además, hay que recordar la ayuda estatal en los alquileres, con lo que el desahogo puede ser notable.